Orientaciones Libro de Clases en Pandemia
Precisiones respecto de las “Orientaciones sobre registro de clases en período de suspensión de clases y de desarrollo de educación a distancia” (Ord 05/572, 18 de junio 2020) Ante las razonables inquietudes emanadas por las comunidades educativas, sobre el citado Ordinario, es importante aclarar los siguientes puntos: 1. Todos los aspectos que en el Ordinario se señalan tienen carácter de orientación, por ende, ninguna de las acciones sugeridas son mandatarias ni obligatorias de aplicar.
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El documento señala alternativas para llevar a cabo dos acciones que han sido frecuentemente consultadas por los establecimientos educacionales: cómo marcar el registro de asistencia para efecto de subvenciones en el libro de clases y de asistencia diaria, y cómo marcar el registro de las actividades pedagógicas llevadas a cabo durante la suspensión de clases presenciales.