
Orientaciones Libro de Clases en Pandemia
Precisiones respecto de las “Orientaciones sobre registro de clases en período de suspensión de clases y de desarrollo de educación a distancia” (Ord 05/572, 18 de junio 2020) Ante las razonables inquietudes emanadas por las comunidades educativas, sobre el citado Ordinario, es importante aclarar los siguientes puntos: 1. Todos los aspectos que en el Ordinario se señalan tienen carácter de orientación, por ende, ninguna de las acciones sugeridas son mandatarias ni obligatorias de aplicar.
El documento señala alternativas para llevar a cabo dos acciones que han sido frecuentemente consultadas por los establecimientos educacionales: cómo marcar el registro de asistencia para efecto de subvenciones en el libro de clases y de asistencia diaria, y cómo marcar el registro de las actividades pedagógicas llevadas a cabo durante la suspensión de clases presenciales.
